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Condenaron al policía Facundo Lencina por el delito de homicidio culposo

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El tribunal resolvió, por unanimidad, condenarlo a dos años y seis meses por la muerte de Lucas Fernando Delgado, hecho ocurrido el 13 de septiembre de 2023

Se fijó, además, la inhabilitación de portar armas por seis años. En tanto, quedó absuelto de culpa y cargo por el delito de homicidio agravado por el uso de arma por haber actuado en legítima defensa, en perjuicio de Cristian Jesús Legname y Samuel Alberto Gallardo. El MPF había pedido la pena de cuatro años y seis meses. 

En el marco del juicio contra el policía Facundo Edgardo Lencina, por el hecho ocurrido el 13 de septiembre del año pasado en avenida América 1.500, el tribunal (compuesto por Alejandro Javier Tomas –presidente-, Lucas Alfredo Taboada y Sebastián Mardiza) resolvió por unanimidad absolverlo por el delito de homicidio agravado por el uso de arma por haber actuado en legítima defensa, en perjuicio de Cristian Jesús Legname y Samuel Alberto Gallardo; y condenarlo por el delito de homicidio culposo de Lucas Fernando Delgado a la pena de dos años y seis meses (de ejecución condicional, más el cumplimiento de reglas de conductas y la inhabilitación de portar armas por seis años).

En el alegato de cierre, el fiscal de la Unidad Especializada de Homicidios II del MPF, Carlos Sale, acompañado por los investigadores Lucila Arrieta y Fabrizio Caruso, había solicitado que se lo condenara a la pena de cuatro años y medio (por el delito de homicidio agravado por el uso de arma con exceso en la legítima defensa en calidad de autor, en perjuicio de Cristian Jesús Legname y Samuel Alberto Gallardo, y en concurso ideal con homicidio culposo, en perjuicio de Lucas Fernando Delgado). “Es un hecho tremendamente grave por su condición de policía, quien debe ser garante de la paz de los ciudadanos. El Estado le confió un arma de fuego y recibió toda la instrucción para utilizarla, sin embargo, provocó tres muertes”, indicó.

Sobre las pruebas, el Fiscal se refirió a los testimonios de los peritos del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF) quienes expusieron sobre las condiciones de ese día (nocturnidad), la distancia (desde que iniciaron y finalizaron los disparos), el arrastre de la motocicleta y las vainas encontradas (correspondientes al arma reglamentaria del policía -Jericho de 9 mm-). Al mencionar la prueba balística, se determinó que la utilizada por Legname y Gallardo era de juguete (una réplica muy similar a la original con cargador incluido). En tanto, las pruebas químicas en sangre arrojaron que éstos tenían presencia de metabolitos de cocaína.